Las Unidades del Estado son las áreas administrativas que cuentan con atribuciones para desarrollar Actividades Estadísticas y Geográficas o que cuentan con registros administrativos que permitan obtener Información de Interés Nacional de:
Cuando el Instituto genere Información se considerará como Unidad del Estado para efectos de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.
Las Unidades del Estado que desarrollen las actividades relacionadas con la producción, integración, conservación y difusión de Información de Interés Nacional deben de:
Con el fin de organizar la participación de las Unidades del Estado en el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, se designa una persona como Coordinadora por cada grupo de Unidades, la cual recae, al menos, en personas con nivel de titular de unidad o su equivalente, o nivel inmediato inferior y que cuenten con conocimientos y experiencia en materia de información; las personas coordinadoras provienen de los siguientes grupos de Unidades:
Esta persona con funciones de Coordinación tendrá como responsabilidad: